SEÑOR NOTARIO:
En el registro de escrituras
públicas a su encargo sírvase incorporar una por la cual conste una de PODER
ESPECIAL DE PROCURACION JUDICIAL, el mismo que se otorga al tenor de las
siguientes
cláusulas y estipulaciones: CLAUSULA PRIMERA:
COMPARECIENTES.- Comparecen al otorgamiento de la presente escritura pública de
PODER ESPECIAL DE PROCURACIÒN JUDICIAL, las siguientes personas: el señor UTILIZA EL NOMBRE DEL MANDATE
AQUI, portador de cedula de ciudadanía número cero nueve cuatro nueve cero seis cuatro ocho cuatro,
mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriano, de profesión ingeniero, de
ocupación ejecutivo, domiciliado en esta ciudad de Guayaquil, por los derechos
que represento de la compañía INVENTADO S.A., en calidad de Gerente General
y representante legal de la misma, con registro Único De Contribuyente Ruc
Número Cero Siete Nueve Uno Siete Dos Siete Ocho Cuatro Siete Cero Cero Uno, a quien para efectos de la
presente Poder Especial de Procuración Judicial, se podrá denominar como “EL
MANDANTE” ; y por otra parte, el abogado:
AB. EDUARDO ALBERTO GALLARDO GALLO por sus propios derechos ecuatorianos, de
profesión Abogado, casado, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de
Guayaquil; personas capaces para obligarse y contratar, a quienes para efectos
del presente instrumento se denominaran como PROCURADOR JUDICIAL,
personas capaces para obligarse y contratar.- SEGUNDA: PODER ESPECIAL Y
PROCURACION JUDICIAL.- Por medio del presente instrumento el Señor UTILIZA EL NOMBRE DEL MANDATE
AQUI, portador de cedula de ciudadanía número cero nueve cuatro nueve
cero seis cuatro ocho cuatro, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriano, de
profesión ingeniero, de ocupación ejecutivo, domiciliado en esta ciudad de
Guayaquil, por los derechos que represento de la COMPAÑÍA INVENTADO S.A., en
calidad de Gerente General y representante legal de la misma, con registro
único de contribuyente ruc número Cero Siete Nueve Uno Siete Dos Siete Ocho
Cuatro Siete Cero Cero Uno, de manera
libre y voluntaria, confiere PODER ESPECIAL Y DE PROCURACION JUDICIAL, a favor del abogado: AB.
EDUARDO ALBERTO GALLARDO GALLO, con registro del FORO DE ABOGADOS DEL GUAYAS
número CERO NUEVE – DOS MIL UNO– DOCE; para que puedan intervenir en calidad de
Procurador Judicial de “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación, para
que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones extrajudiciales y
judiciales que tenga “EL MANDANTE”, actúen a su nombre y representación, para
que puedan intervenir en todo lo concerniente a las acciones judiciales que
tenga “EL MANDANTE” como: Actor o Demandado, y presente escritos que fueren
necesarios para defensa e intereses del Otorgante, compareciendo ante cualquier
Juez, Juzgado, Unidad Judicial, Corte Provincial, Corte Nacional, Corte Constitucional u órgano
de justicia, para que pueda presentar
demandas, ya sean de carácter civiles, penales, constitucionales, y otros,
reconvenir, intervenir en junta de conciliación, evacuar pruebas, rendir
confesión judicial, preguntar a testigos, formular pliego de posiciones para
confesión judicial, solicitar inspección judicial, presentar recursos de
apelación, casación y cuantas impugnaciones sean necesarias y se encuentren
previstas en el Código Orgánico General de Procesos, así como también el poder
solicitar el desglose de las facturas y demás documentos solicitados, transigir
en la Litis referente; Así como acudir a cualquier Centro de Mediación
debidamente Autorizado por el Consejo Nacional de la Judicatura de la República
del Ecuador y realice solicitudes de mediación, comparezca a las audiencias de
mediación solicitadas y a las que ha sido invitada la compañía, pueda suscribir
actas de acuerdo total de mediación, actas de acuerdo parcial de mediación y
actas de imposibilidad de mediación, así como demandar el incumplimiento de las
actas totales o parciales de mediación que se acordaren, bajo las directrices
que le otorgue la compañía, así mismo, autoriza al Procurador para que en
nombre de su representada intervenga
facultado plenamente, facultado acorde a lo señalado en nuestro Código
Orgánico General De Procesos en su artículos cuarenta y tres, teniendo CLÁUSULA
ESPECIAL para sustituir la procuración a favor de otro profesional, allanarse a
la demanda, transigir, desistir de la acción o del recurso, aprobar convenios,
absolver posiciones, deferir al juramento decisorio, recibir valores o la cosa
sobre la cual verse el litigio o tomar posesión de ella; así mismo se reconoce
todo lo señalado desde el articulo cuarta uno y
siguientes del Código Orgánico
General de Procesos.- TERCERO.- Agregue Ud. señor(a) Notario agréguese las
cláusulas de estilo para la completa validez del presente instrumento. Firma)
Abogado Eduardo Alberto Gallardo Gallo con registro profesional con registro
del FORO DE ABOGADOS DEL GUAYAS número CERO NUEVE – DOS MIL UNO– DOCE; Hasta
aquí la minuta.-
Ab. Eduardo Alberto Gallardo
Gallo.
R.F.A.G. 09-2001-12
Donde dice "EL MANDANTE" va solo así o se pone el nombre del mandante???
ResponderEliminarhoy fui a la notaria y me dijeron que tenia que llevar una minuta de ab. acaso este escrito es eso y yo lo puedo hacer o como mismos es eso de minuta.
ResponderEliminarla puedes hacer tu, pero necesita firma de abogado
EliminarGracias,
Eliminarotra porfa que hago me dieron un poder general por consulado y por medio de ese poder contrate a un abogado pero la parte demandada aduce que ese poder no es valido por no ser especial
Disculpe en un juicio de inventario es necesario especificar que me faculta como tenedora de bienes y rendir juramento en audiencia ?
ResponderEliminarmodelo de constestacion a la demanda con reconvención en materia civil Reindivicacion
ResponderEliminarAyudenme por favor con un modelo de minuta para demanda civil tarjeta de credito incluye articulos o es esa que observo ahí
ResponderEliminarexcelente la informacion agradecida Dr en el dercho
ResponderEliminarSOLICTO UN MODELODE DEMANDA MONITORIO LUEGO DE CONCLUIR UN JUICIO DE TRANSITO GRACIAS
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